Consejo de Gobierno

Con fecha seis de julio de 1990, como consecuencia de quedar la Hermandad sin órgano de gobierno por haber presentado sus dimisiones el Hermano Mayor, Mayordomo, Secretario y el Tesorero, el Albacea de la Hermandad, D. Diego Guerrero Berdún encarga a nuestro hermano y letrado D. Juan Macías Domínguez, confeccionar unos estatutos de régimen interno que dotaran a la Archicofradía de unas normas y reglamentos, creando un Consejo de Gobierno, para en caso de disolución del órgano ejecutivo, la junta directiva y la Hermandad no quedaran desamparadas. A partir de este momento, el Consejo de Gobierno ocupa un lugar significativo y de gran relevancia en el devenir de nuestra Hermandad como se podrá observar a continuación:

En el artículo 3 de esos estatutos, para adquirir la condición de hermano, se tendría que hacer una petición por escrito dirigida al Consejo de Gobierno en la persona de su secretario y avalada con la firma de dos hermanos cofrades.

Artículo 4.- El Consejo de Gobierno tras dar audiencia a los hermanos cofrades que avalaron la petición del interesado decidirán por mayoría sobre la admisión del mismo.

Artículo 6.- b) Por la comisión de una falta grave, entendiéndose por tal, aquella conducta que a juicio de la Junta Directiva y el Consejo de Gobierno redunde en perjuicio de la Hermandad.

Artículo 20.- El Consejo de Gobierno propondrá a la Asamblea General un máximo de tres candidaturas para la elección del Hermano Mayor y Mayordomo de la Hermandad.

Artículo 21.- La mesa electoral estará formada por el Presidente, Vicepresidente y Secretario del Consejo de Gobierno.

Artículo 27.- Cualquier irregularidad que se produjese en el proceso electoral deberá ser puesta de manifiesto en el mismo, procediendo el secretario de la mesa a tomar nota del hecho para que posteriormente el Consejo de Gobierno, dando audiencia a los interesados deliberasen sobre la cuestión y su posible repercusión en el proceso electoral, pudiendo llegar si la gravedad del caso lo exigiese a celebrar nuevas elecciones.

Artículo 32.- A las reuniones del Consejo de Gobierno asistirán con voz pero sin voto y durante el tiempo de mandato para el cual fuesen elegido el Hermano Mayor y el Mayordomo de la Hermandad.

Artículo 39.- La dimisión del Hermano Mayor y Mayordomo traerán consigo la disolución de la Junta Directiva y la convocatoria de nuevas elecciones. Esta dimisión deberá ser presentada por escrito al Consejo de Gobierno, el cual asumirá desde ese momento todas las funciones de la Junta Directiva, convocando a la Asamblea General para la elección de nuevos cargos.

Del Consejo de Gobierno

Artículo 40.- El Consejo de Gobierno se integrará por aquellos hermanos que, a juicio del Albacea, hallan realizado funciones relevantes en la Hermandad.

Artículo 41.- El Consejo de Gobierno estará formado por un minimo de siete miembros y un máximo de veinte.

Artículo 42.- El Consejo de Gobierno elegirá en su seno un Presidente, Vicepresidente, Secretario y un Albacea.

Artículo 43.- El Secretario del Consejo tendrá obligación de acudir como oyente a las reuniones que celebre la Junta Directiva.

Artículo 44.- Las vacantes que se produzcan en el Consejo de Gobierno o las posibles ampliaciones que este hiciese hasta el máximo fijado por los Estatutos serán cubierto o elegidos entre los hermanos de la Hermandad con el voto favorable de las ¾ partes del Consejo.

Artículo 45.- El Consejo de Gobierno como órgano consultivo supremo de la Hermandad se reunirá cuanta veces lo estime necesario y adoptara sus acuerdo por mayoría.

Artículo 46.- El Consejo de Gobierno será necesariamente oído respecto de las cuestiones que, estos, estimen vitales para la Hermandad, realizando respecto de la acción de la Junta Directiva una función de control. Pudiendo disolver esta y convocar nuevas elecciones, cuando a juicio de la ¾ partes de sus miembro, la Junta Directiva realice un abandono de sus funciones.

Artículo 47.- El Consejo de Gobierno se reunirá cuando lo convoque su Presidente, Hermano Mayor, Mayordomo o tres miembros del Consejo.

El primer Consejo de Gobierno estará formado por los siguientes miembros:

Pascual Ordoñez Cano

Salvador Guerrero Berdún

Juan José Carrasco Torres

José Casasola Gallardo

Diego Guerrero Bermudo

Carlos Casasola Tobias

José Vera Escribano

Francisco Guerrero Berdún

Martín Gallardo García

Diego Guerrero Berdún

Andrés Mesa Chito

Andrés Mesa Gallardo

Juan Macías Domínguez.

Algunos de ellos continúan como consejeros.

El Decreto General sobre Grupos Parroquiales, Hermandades y Cofradías y Estatutos de la Diócesis de Málaga con fecha uno de julio de 2019 reglamenta la figura del Consejo de Gobierno como sigue:

Capítulo XXIV. Del consejo

Artículo 65.- §1. El Consejo es un órgano consultivo. Y, en cuanto tal, será convocado cuantas veces lo estime oportuno el Hermano Mayor. Pudiendo concurrir los consejeros, cuando sean convocados excepcionalmente por disposición del Hermano Mayor, a las sesiones de la Junta de Gobierno, con voz pero sin voto.

2. Sus miembros serán nombrados por la Junta de Gobierno a propuesta del Hermano Mayor, de entre aquellos hermanos que por su antigüedad, méritos o servicios prestados a la Corporación sean merecedores de ese cargo. El nombramiento perdurará hasta el cese de la Junta de Gobierno que lo designe.

3. La designación de los Consejeros será comunicada a la Delegación de Hermandades y Cofradías en plazo de treinta días de su designación, haciendo constar las circunstancias personales de cada uno de ellos. Si el Obispado en plazo de quince días desde la recepción de la comunicación no manifestase nada en contra se entenderá que acepta la designación.

Consejo de Gobierno actual

Actualmente nuestro Consejo de Gobierno está compuesto por los siguientes hermanos:

Albacea General D. Leonardo Recio Campos
Vicealbacea D. Diego Guerrero Baena
Secretario D. Juan Palacios Segura
Vocal D. Francisco Guerrero Berdún
Vocal D. Andrés Mesa Chito
Vocal D. Juan José Carrasco Torres
Vocal D. Manuel Carrasco Torres
Vocal D. Martín Gallardo García
Vocal D. José Palacios Segura
Vocal D. Juan Jiménez Ramírez
Vocal D. Salvador Carrasco Lozano
Vocal D. Juan Macías Domínguez
Vocal D. Pedro Márquez Carballo
Vocal D. Pedro Valencia Lozano